La calificación de los vinos en Crianza, Reserva o Gran reserva, según su tiempo de envejecimiento, es una categoría que sólo se emplea en España y sus características se recogen en la Ley de la Vid y el Vino que se promulgó el 10 de julio de 2003.

Aunque desde entonces esta Ley se ha visto sometida a numerosos cambios, su objetivo continúa siendo el mismo: velar por la calidad y proteger el origen, la elaboración y la comercialización del vino, a los productores y a los consumidores.

Si bien, la Ley de la Vid y el Vino es desarrollada después por cada Denominación de Origen, que puede limitarse a lo que ella contempla o establecer algunos requisitos más adecuados a las características propias de la zona vinícola, siempre con el fin de ofrecer una mayor calidad.

Tinto Joven

En este caso, la definición que aparece en la Ley y la reglamentación del Consejo Regulador Ribera del Duero coincide, ya que se refieren a vinos tintos que no tienen paso por barrica de roble o cuya permanencia es inferior a 12 meses.  En Bodegas Comenge, es el caso de Biberius, con un sutil toque de barrica (la añada 2014 entre 4 y 6 meses).

No siempre es así, por ejemplo en la Denominación de Origen Toro podemos encontrar tirilla (es decir, la contra etiqueta expedida por el Consejo Regulador) con la mención ‘Roble’. Esto quiere decir que es un vino con crianza mixta en roble y botella, pero con un paso por barrica inferior a 12 meses.

Tinto Crianza

La Ley española indica que el vino debe tener 24 meses de crianza en total, de los cuales mínimo 6 deben ser en barricas de roble de una capacidad máxima de 330 litros.

Sin embargo, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribera del Duero exige que el vino permanezca al menos 12 meses en barrica y debe ser comercializado después del 1 de octubre del segundo año tras la vendimia. Comenge es nuestro vino crianza, con entre 12 y 24 meses de envejecimiento en barrica, según la añada.

Ddonmiguel

Tinto Reserva

En este caso la normativa europea y la del Consejo Regulador de la Ribera del Duero concuerdan, pues aluden a vinos con un mínimo de 36 meses de crianza entre barrica y botella, de los cuales al menos 12 deben haber estado en roble. Los tintos Reserva en la Ribera del Duero deben salir al mercado después del 1 de diciembre del tercer año tras la vendimia.

Don Miguel Comenge es un claro ejemplo de un tinto Reserva formidable, pues atendiendo a las particularidades de la añada, cría en barricas nuevas de roble francés entre 18 y 22 meses.

Tinto Gran Reserva

Debido a su larga maduración, suelen ser los vinos más caros. Tanto la Ley española como el Consejo Regulador de Ribera del Duero requieren 60 meses de envejecimiento. Sin embargo, mientras la normativa estatal requiere al menos 18 meses en barrica, el reglamento de la Denominación de Origen contempla que el vino debe pasar al menos 24 meses en contacto con el roble.

Su comercialización se podrá llevar a cabo a partir del 1 de diciembre después de cinco años tras la vendimia.