Os habréis preguntado en alguna ocasión por qué algunas botellas de vino incluyen mucha información en su etiquetado y otras no. Para algunos consumidores es interesante conocer las particularidades de los vinos sin necesidad de tener que buscar en internet o guías en el momento de elegir entre una botella u otra y, aunque las nuevas tecnologías facilitan mucho este proceso (por ejemplo los códigos BIDI), hay una serie de requisitos que se deben cumplir.

La Unión Europea establece una serie de normas a la hora de etiquetar cualquier producto, pero después estas normas pueden ser desarrolladas por cada país e incluso, en el caso del vino, por cada Consejo Regulador.

Esta normativa no sólo recoge qué parámetros deben aparecer en una etiqueta, sino también su tamaño mínimo o idiomas. En este punto aclarar que aunque normalmente nos refiramos con ‘etiqueta’ a la imagen que aparece en la parte frontal de la botella y ‘contra etiqueta’ a la que está detrás, en realidad ésta última es la que se toma como oficial, donde debe aparecer toda la información.

Menciones obligatorias

Como hemos comentado, hay una serie de menciones que deben estar siempre en una etiqueta y además de forma independiente, esto es, en frases separadas. Nos referimos a la categoría del producto (vino), a su procedencia (país), el grado alcohólico (expresado en % Vol), el registro embotellador y el importador, en caso de que el vino sea importado. Además, en España, para los vinos con Denominación de Origen Protegida o Indicación Geográfica Protegida también debe aparecer la indicación de la DOP o IGP, el volumen del envase, el lote y los alérgenos.

En concreto, el lote sirve para asegurar la trazabilidad de un vino. Pongamos en caso de que abrimos una botella que tiene un defecto de corcho, gracias al número de lote y a la numeración impresa en la tirilla que expide el Consejo Regulador ayudaremos a la bodega a identificar de dónde viene el problema y cuántas botellas pueden estar afectadas con el mismo inconveniente.  Así que si alguna vez encuentras un vino con defecto, el llamar a la bodega e indicar estos parámetros les será muy útil para identificarlo y mejorar en el futuro.

Desde el año 2009 las etiquetas de los vinos también deben incluir menciones respectivas a los alérgenos, en concreto al huevo y sus derivados (es muy habitual clarificar el vino con clara de huevo), a la leche y al contenido en sulfuroso. En éste último caso, además, la frase ‘contiene sulfitos’ debe aparecer uno o varios idiomas según el país.

Menciones facultativas

Existen una serie de parámetros que la Unión Europea recomienda incluir en las etiquetas pero que no son de obligado cumplimiento. Como se ha comentado al comienzo del post, estas menciones facultativas después pueden convertirse en obligatorias según el país o la Denominación de Origen (sobre todo a lo que el logo del Consejo Regulador se refiere).

Los parámetros no obligatorios son la cosecha, las variedades, los métodos de producción y los pictogramas sobre alérgenos o sobre la recomendación de no ingesta de alcohol por parte de mujeres embarazadas.

Para los vinos que van a ser exportados es necesario conocer la normativa específica del país en el que se va a comercializar el vino, tal y como se puede comprar en esta etiqueta de Don Miguel Comenge.

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